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Queremos expresar hoy nuestras más sinceras felicitaciones a nuestra cliente. Soldado del Ejército del aire que tras un duro momento personal puede continuar con sus funciones en las Fuerzas Armadas.
Nuestra cliente fue dada de baja de las Fuerzas Armadas, siguiendo el procedimiento previsto tras permanecer seis meses de baja médica, con causa de un cáncer de útero. Al momento de dictarse la resolución que la declaraba incapaz para el servicio el cáncer ya estaba completamente curado.
El Tribunal Médico que la examinó en principio, no estaba compuesto por ningún médico experto en ginecología ni en oncología. Mientras que la norma que regula las dolencias oncólogicas establece que el haber superado un cáncer otorga un coeficiente de 3 ó 4 (Apto con Limitaciones) en el dictamen emitido se le otorgó un coeficiente 5 (No apto) prescindiendo de esta forma del contenido de la norma.
Además se observaron irregularidades en el procedimiento, pues el mismo no se inició a los seis meses de la baja inicial, sino 5 meses y 20 días después, prescindiendo de otro de los requisitos establecidos en la norma.
Tras innumerables muestras de tesón y con una fuerte vocación por el servicio en las Fuerzas Armadas, nuestra cliente puede reincorporarse a un destino acorde a su situación personal.
Desde el bufete Morales y Blanco Abogados nos ponemos a disposición de todos los integrantes de las Fuerzas Armadas que requieran de asistencia y asesoramiento legal.
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