Esta semana hemos conseguido el sobreseimiento de nuestro cliente por un presunto delito de incendio forestal en el que era investigado.
Se produjo un conato de incendio horas después de que nuestro cliente hubiera realizado quema de rastrojos en su finca.
El delito de incendio forestal está regulado en los artículos 352 a 355 del Código Penal y en los supuestos más graves pueden conllevar penas de hasta 6 años de prisión.
Tras las primeras diligencias, el Juzgado determina que no aparece justificada la perpetración de delito. En la declaración en sede judicial de nuestro cliente quedó patente que la actuación de nuestro cliente fue en todo momento responsable y adecuada, colaborando activamente en la evitación de la propagación del fuego.
Le damos pues la enhorabuena a nuestro cliente por éste resultado satisfactorio y seguimos comprometidos con la defensa de nuestros clientes.
Si necesita defensa en un procedimiento penal, puede contactar con nosotros aquí.